En esta nota vamos a mencionar a una compañia aseguradora llamada Regal que ofrece dentro de sus amplias coberturas de seguros, al servicio para hogares y viviendas para aquellos que requieran de este producto.
Las Descripción de las coberturas que incluye el producto son:
Las Garantías básicas son:
– Asistencia en hogar 24 horas.
– Servicio de bricolaje.
– Asistencia informática y defensa jurídica de Internet.
– Responsabilidad civil.
– Daños por agua.
– Rotura de espejos, cristales, placas vitrocerámicas.
– Incendio.
– Gastos diversos: asistencia en bomberos, salvamento, extinción, entre otros.
Daños por agua:
– Cobertura del 100% del capital asegurado para continente y contenido.
– Localización y reparación de la avería.
– Olvidos u omisiones: se garantizan los daños materiales directos producidos por el agua como consecuencia de olvidos u omisiones en el cierre de grifos, llaves de paso y similares.
Daños por incendio:
– Cobertura del 100% del capital asegurado para continente y contenido.
– Incendio: también se cubren los daños por humo tanto si el siniestro se ha causado en la vivienda como en las proximidades.
– Explosión: cobertura de auto explosión de calderas, termos, instalaciones fijas y conducciones dentro y fuera de la vivienda, aún sin llama.
– Caída de rayo: cobertura de sobretensiones como consecuencia de rayos, dentro y fuera de la vivienda, aún sin producirse llama.
– Cobertura del 100% del capital asegurado para continente y contenido.
– Gastos de la asistencia de bomberos incluida, así como gastos de salvamento, extinción, demolición y desescombro hasta el 100% del capital asegurado.
La Asistencia en hogar 24 horas se debe a:
– Envío de profesionales al domicilio.
– Gastos de desplazamiento en caso que el hogar haya quedado inhabitable (hotel, manutención, mudanzas, etc.)
. – Asistencia sanitaria.
– Restauración estética por daños en mobiliario y enseres y/o instalaciones fijas.
Servicio de bricolaje:
– Desplazamiento gratuito del profesional a la vivienda asegurada.
– Mano de obra, hasta un máximo de tres horas.
– Permite utilizar este servicio para la colocación de accesorios de baño y cocina, sustitución de grifos, montaje de muebles kit, instalación de cortinas.
Los Servicio de asistencia informática Comprende:
– Asistencia remota. – Asistencia in-situ. – Recuperación de datos.
Todo ello siempre por vía: – Telefónica. – On-line. – Control remoto.
Responsabilidad civil y fianzas por daños ocasionados en calidad de: – Cabeza de familia (ejemplo: daños a terceros producidos por el hijo). – Propietario del inmueble (daños a terceros por agua, incendio, etc.). – Inquilino (incendio o explosión). – Patronal (servicio doméstico).
Servicios jurídicos – Defensa jurídica familiar. – Reclamación de daños. – Fianzas judiciales.
Rotura de lunas, espejos, vidrios y cristales – Rotura de mármoles, granitos, loza sanitaria. – Rotura de placas vitrocerámicas, cristales de electrodomésticos y muebles de metacrilato.
Las Coberturas a medida son:
Rotura de placas solares – Cobertura del 100% del capital asegurado para continente y contenido.
Daños eléctricos – Sobretensiones o inducciones causadas por la caída del rayo. – Bienes refrigerados.
Jardín – Reconstrucción de jardines. – Mobiliario de jardín.
Robo dentro de la vivienda – Llaves y cerraduras. – Bienes en trastero.
Robo fuera de la vivienda – Atraco en la calle. – Uso fraudulento de tarjetas de crédito.
Defensa jurídica del arrendador – Si se es arrendador, se puede contratar la Garantía de Defensa Jurídica para la reclamación de aquellos desperfectos causados por el inquilino y el impago del alquiler.
Cabe destacar que los Casos en que no se asegura son:
– Edificaciones singulares y/o catalogadas de interés artístico o histórico.
– Autocaravanas, caravanas y/o remolques-vivienda.
– Viviendas en régimen de multipropiedad (share-time, floanting-time o similares).
– Viviendas destinadas a actividades industriales y/o comerciales.
– Viviendas que carezcan de permisos y/o licencias de construcción.
– Pólizas temporales. – Capital de contenido superior a 180.000 euros.
– Capital de continente superior a 600.000 euros.
– Viviendas en despoblado.
– Viviendas con deshabitación superior a 181 días.
– Viviendas con más de 100 años de antigüedad que no hayan sido rehabilitadas.
– Viviendas que no sean de sólida construcción o que no estén edificadas con materiales incombustibles.