La semana pasada, el Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 106/2011, por medio del cual se crea y regula el registro estatal de empresas de concesión e intermediación de créditos, asi como también establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario.
En concreto, esta nombra establece que las empresas que no son entidades financieras y conceden préstamos o créditos hipotecarios a los consumidores, así como las que prestan servicios de intermediación para la contratación de dichos préstamos o créditos, tendrán que inscribirse en un Registro Estatal.
Además se establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario que, previo a su inscripción en el Registro, deberán contratar estas empresas para cubrir las responsabilidades en que pudieran incurrir frente a los consumidores por perjuicios derivados de la realización de sus servicios, el cual será de 300.000 euros para el primer año de actividad y deberá multiplicarse por el número de establecimientos en los que la empresa desarrolle su actividad.
Según se detalla esta norma, luego de transcurrido el primer año de actividad, el importe mínimo asegurado o avalado será el mayor de los dos siguientes:
- la actualización en función del índice de precios al consumo del referido en el apartado anterior
- el 30% de la facturación que corresponda a la actividad desarrollada por la empresa, en cuanto al ámbito cubierto por este Real Decreto, en el ejercicio anterior.
Cabe destacar, que la falta de vigencia de este seguro de RC será causa suficiente que impedirá el ejercicio de la actividad de la empresa. La suma asegurada constituye un límite por siniestro y anualidad del seguro.
Segun informaron fuentes del Gobierno, el objetivo de esta nueva norma es garantizar un alto nivel de protección de los consumidores y usuarios, asegurando la transparencia y la leal competencia de empresas que han ido adquiriendo un rápido desarrollo en el marco financiero y que, al no tratarse de entidades de crédito, no están sometidas a la supervisión del Banco de España.